jueves, 10 de enero de 2008

Cuba viola los derechos de los trabajadores

Se ha urgido al Gobierno a adoptar “sin demora” nuevas normas y medidas para reconocer plenamente, en las leyes y en la realidad, el derecho de los trabajadores a crear sindicatos.
Cuba no cumple con las obligaciones legales que surgen de ser país miembro de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), dice un estudio realizado por el catedrático Jesús R. Mercader Uguina, que dicta la cátedra de derecho del trabajo y seguro social en la Universidad Carlos III.

El estudio fue difundido por el Proyecto Cuba en Transición de la Universidad de Miami.

Recuerda que la declaración de la ILO “establece el compromiso de los gobiernos, empresas y organizaciones laborales para respetar y defender los valores humanos básicos, y tiene cuatro áreas principales: libertad de asociación y de sindicatos y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva; la eliminación de todos los tipos de trabajos forzados: la abolición del trabajo infantil; y la eliminación de la discriminación en el lugar de trabajo”.

Luego de analizar las leyes cubanas “resulta claro que se ha desviado de dichos principios de normas internacionales para asuntos laborales y sociales”, dice el análisis.

Indica que es evidente la violación de las convenciones 97 y 98 de la OIT con relación a la libertad sindical. El Comité de Libertad de Asociación de la ILO ha llamado varias veces la atención del Gobierno cubano sobre esta materia.

Se ha urgido al Gobierno a adoptar “sin demora” nuevas normas y medidas para reconocer plenamente, en las leyes y en la realidad, el derecho de los trabajadores a crear sindicatos.

Destaca que el derecho a la negociación colectiva, “es un derecho fundamental” reconocido por todos los miembros de la OIT. Pero ese derecho está claramente cuestionado por la legislación cubana, que establece “un sistema de negociación laboral claramente limitado cuando se lo compara con el modelo de negociación colectiva” mencionado en la Convención 98 y en la Recomendación 91 de la OIT con relación a los principios de “negociación libre y voluntaria y la prohibición ...

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